Fernando Eddy Borja Torres[1]
“Toda
reforma impuesta por la violencia no corregirá nada el mal:
el
buen juicio no necesita de la violencia”
León
Tolstói
I.
INTRODUCCIÓN
La política criminal desempeña un papel importante en la
sociedad, ya que, a través de ella, el Estado controla y previene la
criminalidad. Sin embargo, ¿qué ocurre cuando no cumple una función efectiva y
la ola de crímenes se vuelve constante?
En la actualidad, observamos que se cometen innumerables
delitos. Basta con encender el televisor y ver los noticieros para percatarnos
de los constantes actos delictivos que ocurren día tras día. Esto genera el
aumento de la percepción de inseguridad ciudadana. Por esta razón, la mayoría
de la población está de acuerdo en que las penas se vuelvan cada vez más
drásticas.
No obstante, la aplicación de una sobrecriminalización puede
ser problemática, ya que, se toma en cuenta principalmente la opinión popular y
se dejan de lado los parámetros que respetan la dignidad humana y el fin
resocializador de la pena.
II. LA SOBRECRIMINALIZACIÓN Y LA
PERCEPCIÓN DE INSEGURIDAD
Para formular una opinión acerca de la sobrecriminalización es
necesario comprender el concepto de criminalización, pues se debe partir de él.
La criminalización viene a ser el acto de convertir una conducta social lícita
y tolerada en un tipo penal y que se castigue su ejecución; en pocas palabras, es
la creación de un delito.
Por otro lado, la sobrecriminalización es la implementación
de medidas que agravan las penas establecidas para uno o varios delitos, con el
objetivo de reprimirlos o castigarlos radicalmente. Asimismo, para implementar
una sobrecriminalización, se debe tomar en cuenta la necesidad social que
justifique dicho actuar por parte del legislador
La sobrecriminalización suele apreciarse, aparte de la
intensificación de la pena, en la ampliación de los plazos de prescripción de
un delito, en la prohibición de beneficios penitenciarios, cuando se incorporan
nuevas situaciones agravantes o cuando se prohíbe la posibilidad legal de reducir
o extinguir el cumplimiento de las penas impuestas.
Una vez entendido ello, es menester enfatizar cuándo la
sobrecriminalización actúa como un peligro para la sociedad y para el derecho
penal en sí mismo, pues se ha visto que muchas veces se actúa con base en razones
sociales sin un adecuado análisis, o que el legislador se basa en el populismo
para agravar una pena. Lo anterior puede tener como causa el hecho de que la
población exige un mayor castigo para aquel que comete un delito, ya que
consideran que existe en la actualidad mayores riesgos de ser víctimas y, por
ende, se produce un incremento en la percepción de la inseguridad ciudadana.
Según el informe técnico del INEI que va de noviembre del
2022 a abril del 2023, se registraron los siguientes datos:
El 82,5 % de la población del área urbana a nivel nacional
percibe que en los próximos doce meses puede ser víctima de algún hecho
delictivo que atente contra su seguridad. Al comparar con los similares
semestres móviles noviembre 2020 - abril 2021 y noviembre 2021 - abril 2022, la
percepción de inseguridad aumentó en 0,2 y disminuyó en 2,7 puntos porcentuales,
respectivamente.
En las principales ciudades de 20 mil a más habitantes, el
84,4 % de la población percibe que puede ser víctima de algún hecho delictivo.
En tanto, en los centros poblados urbanos entre 2 mil y menos de 20 mil
habitantes, la cifra alcanza el 77,4 %.[2]
Es así como vemos que la cifra de percepción de inseguridad
ciudadana cada vez se incrementa más, y esto debido a la deficiente lucha
contra la delincuencia en el país.
Por otro lado, si bien la posibilidad de ser víctima de un
hecho delictivo es cada vez mayor, ello no significa que puede solucionarse
este mal con una aplicación de penas desproporcionadas que resulten severas y
dañinas para el imputado.
III. LA SOBRECRIMINALIZACIÓN COMO UN
ATENTADO CONTRA PRINCIPIOS DEL DERECHO PENAL
La sobrecriminalización, además, actuaría como un peligro,
en tanto representaría un atentado contra principios del derecho penal.
En primer lugar, va en contra del principio de intervención
mínima y del principio de subsidiariedad, pues el derecho penal es un medio de
control formal que interviene mínimamente para tratar de evitar la ejecución de
actos reprochables por la sociedad a través de la imposición de una pena. Se
dice que interviene mínimamente, pues existen otros medios menos lesivos para
sancionar o castigar este tipo de conductas.
El problema de la sobrecriminalización es cuando se crean
agravantes indiscriminadamente sin tomar en cuenta que existen otros medios que
pueden cumplir de manera más efectiva y especializada el mismo fin.
En segundo lugar, podría atentarse contra el principio de
proporcionalidad, pues al no realizarse una adecuada valoración de los hechos
punibles y basándose netamente el legislador en la opinión pública, la pena
puede ser muy grave e incluso podría ser materia de violación de derechos
humanos.
Es así que, todo uso desmedido de las sanciones, sean penas
o medidas de seguridad, representará siempre una restricción o privación de
derechos abusiva. Además de ello, también se deriva como regla para el
legislador la necesidad de establecer límites claros y tolerables para cada
pena. Esto es, en sus desarrollos normativos y jurisdiccionales debe afianzarse
la materialidad de una pena justa.[3]
Adicionalmente, algunos consideran que también se atenta
contra el principio de humanidad, pues no sólo se busca, con ello, reducir el
quantum o marco penal de las sanciones, sino, además, determinar la clase de
pena a crear e imponer, adecuándola a la humanidad del hombre. En base al
principio de humanidad es cruel toda pena que resulte brutal en sus
consecuencias, como las que comprometen la vida del sujeto.[4]
En tal sentido, el derecho penal al ser un medio de control estatal
debe garantizar los principios y derechos fundamentales que posee
inherentemente cada ser humano. Por ende, no podría aplicarse una
sobrecriminalización que atente contra ello.
Por otro lado, cabe resaltar que la sociedad, al estar
guiada por un sentimiento de indignación ante tanta delincuencia, se olvida del
aspecto humano y está de acuerdo en que las penas sean lo más graves posibles,
como la cadena perpetua o incluso la pena de muerte. Por lo tanto, ya no creen
en que dichos sujetos puedan reintegrarse en la sociedad; más bien, los ven
como agentes nocivos para esta y que se les resulta imposible la capacidad de
resocialización.
IV. REFLEXIÓN FINAL
En conclusión, la aplicación de una sobrecriminalización
desmedida atenta contra el mismo derecho penal, en cuanto viola sus principios
y no genera un efecto correcto para reducir la inseguridad ciudadana.
Es por ello que, en mi opinión, la modificación de los tipos
penales con penas más drásticas no serían la solución para combatir la
inseguridad ciudadana. En cambio, sería más efectivo mejorar nuestro sistema de
justicia y garantizar que los aparatos jurisdiccionales cumplan adecuadamente
su labor. Actualmente, observamos que la mayoría de los delincuentes procesados
quedan absueltos y no cumplen con la condena que les corresponde.
Además, es crucial abordar la corrupción que aún persiste en
los órganos encargados de impartir justicia, ya que esta también constituye un
obstáculo para el fortalecimiento de nuestro sistema judicial.
[1] Estudiante de tercer año de la Facultad de Derecho y Ciencia
Política de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Miembro principal del
Taller de Estudios Penales.
[2] INEI, Informe Técnico - Estadísticas de Seguridad Ciudadana:
noviembre 2022 - abril 2023.
[3] PRADO SALDARRIAGA, Víctor. Nuevo Proceso Penal Reforma y Política Criminal. 1era Edición. Editorial Moreno, Lima, 2009, p.271.
[4] CASTILLO, José Luis.
Derecho Penal Parte General. 1era Edición. Gaceta Jurídica, Lima, 2002,
p.348.