martes, 27 de febrero de 2024

LA INSEGURIDAD CIUDADANA Y EL RIESGO DE UNA SOBRECRIMINALIZACIÓN DESMEDIDA

Fernando Eddy Borja Torres[1]

“Toda reforma impuesta por la violencia no corregirá nada el mal:

el buen juicio no necesita de la violencia”

León Tolstói

I. INTRODUCCIÓN

La política criminal desempeña un papel importante en la sociedad, ya que, a través de ella, el Estado controla y previene la criminalidad. Sin embargo, ¿qué ocurre cuando no cumple una función efectiva y la ola de crímenes se vuelve constante?

En la actualidad, observamos que se cometen innumerables delitos. Basta con encender el televisor y ver los noticieros para percatarnos de los constantes actos delictivos que ocurren día tras día. Esto genera el aumento de la percepción de inseguridad ciudadana. Por esta razón, la mayoría de la población está de acuerdo en que las penas se vuelvan cada vez más drásticas.

No obstante, la aplicación de una sobrecriminalización puede ser problemática, ya que, se toma en cuenta principalmente la opinión popular y se dejan de lado los parámetros que respetan la dignidad humana y el fin resocializador de la pena.

II. LA SOBRECRIMINALIZACIÓN Y LA PERCEPCIÓN DE INSEGURIDAD

Para formular una opinión acerca de la sobrecriminalización es necesario comprender el concepto de criminalización, pues se debe partir de él. La criminalización viene a ser el acto de convertir una conducta social lícita y tolerada en un tipo penal y que se castigue su ejecución; en pocas palabras, es la creación de un delito.

Por otro lado, la sobrecriminalización es la implementación de medidas que agravan las penas establecidas para uno o varios delitos, con el objetivo de reprimirlos o castigarlos radicalmente. Asimismo, para implementar una sobrecriminalización, se debe tomar en cuenta la necesidad social que justifique dicho actuar por parte del legislador

La sobrecriminalización suele apreciarse, aparte de la intensificación de la pena, en la ampliación de los plazos de prescripción de un delito, en la prohibición de beneficios penitenciarios, cuando se incorporan nuevas situaciones agravantes o cuando se prohíbe la posibilidad legal de reducir o extinguir el cumplimiento de las penas impuestas.

Una vez entendido ello, es menester enfatizar cuándo la sobrecriminalización actúa como un peligro para la sociedad y para el derecho penal en sí mismo, pues se ha visto que muchas veces se actúa con base en razones sociales sin un adecuado análisis, o que el legislador se basa en el populismo para agravar una pena. Lo anterior puede tener como causa el hecho de que la población exige un mayor castigo para aquel que comete un delito, ya que consideran que existe en la actualidad mayores riesgos de ser víctimas y, por ende, se produce un incremento en la percepción de la inseguridad ciudadana.

Según el informe técnico del INEI que va de noviembre del 2022 a abril del 2023, se registraron los siguientes datos:

El 82,5 % de la población del área urbana a nivel nacional percibe que en los próximos doce meses puede ser víctima de algún hecho delictivo que atente contra su seguridad. Al comparar con los similares semestres móviles noviembre 2020 - abril 2021 y noviembre 2021 - abril 2022, la percepción de inseguridad aumentó en 0,2 y disminuyó en 2,7 puntos porcentuales, respectivamente.

En las principales ciudades de 20 mil a más habitantes, el 84,4 % de la población percibe que puede ser víctima de algún hecho delictivo. En tanto, en los centros poblados urbanos entre 2 mil y menos de 20 mil habitantes, la cifra alcanza el 77,4 %.[2]

Es así como vemos que la cifra de percepción de inseguridad ciudadana cada vez se incrementa más, y esto debido a la deficiente lucha contra la delincuencia en el país.

Por otro lado, si bien la posibilidad de ser víctima de un hecho delictivo es cada vez mayor, ello no significa que puede solucionarse este mal con una aplicación de penas desproporcionadas que resulten severas y dañinas para el imputado.

III. LA SOBRECRIMINALIZACIÓN COMO UN ATENTADO CONTRA PRINCIPIOS DEL DERECHO PENAL

La sobrecriminalización, además, actuaría como un peligro, en tanto representaría un atentado contra principios del derecho penal.

En primer lugar, va en contra del principio de intervención mínima y del principio de subsidiariedad, pues el derecho penal es un medio de control formal que interviene mínimamente para tratar de evitar la ejecución de actos reprochables por la sociedad a través de la imposición de una pena. Se dice que interviene mínimamente, pues existen otros medios menos lesivos para sancionar o castigar este tipo de conductas.

El problema de la sobrecriminalización es cuando se crean agravantes indiscriminadamente sin tomar en cuenta que existen otros medios que pueden cumplir de manera más efectiva y especializada el mismo fin.

En segundo lugar, podría atentarse contra el principio de proporcionalidad, pues al no realizarse una adecuada valoración de los hechos punibles y basándose netamente el legislador en la opinión pública, la pena puede ser muy grave e incluso podría ser materia de violación de derechos humanos.

Es así que, todo uso desmedido de las sanciones, sean penas o medidas de seguridad, representará siempre una restricción o privación de derechos abusiva. Además de ello, también se deriva como regla para el legislador la necesidad de establecer límites claros y tolerables para cada pena. Esto es, en sus desarrollos normativos y jurisdiccionales debe afianzarse la materialidad de una pena justa.[3]

Adicionalmente, algunos consideran que también se atenta contra el principio de humanidad, pues no sólo se busca, con ello, reducir el quantum o marco penal de las sanciones, sino, además, determinar la clase de pena a crear e imponer, adecuándola a la humanidad del hombre. En base al principio de humanidad es cruel toda pena que resulte brutal en sus consecuencias, como las que comprometen la vida del sujeto.[4]

En tal sentido, el derecho penal al ser un medio de control estatal debe garantizar los principios y derechos fundamentales que posee inherentemente cada ser humano. Por ende, no podría aplicarse una sobrecriminalización que atente contra ello.

Por otro lado, cabe resaltar que la sociedad, al estar guiada por un sentimiento de indignación ante tanta delincuencia, se olvida del aspecto humano y está de acuerdo en que las penas sean lo más graves posibles, como la cadena perpetua o incluso la pena de muerte. Por lo tanto, ya no creen en que dichos sujetos puedan reintegrarse en la sociedad; más bien, los ven como agentes nocivos para esta y que se les resulta imposible la capacidad de resocialización.

IV. REFLEXIÓN FINAL

En conclusión, la aplicación de una sobrecriminalización desmedida atenta contra el mismo derecho penal, en cuanto viola sus principios y no genera un efecto correcto para reducir la inseguridad ciudadana.

Es por ello que, en mi opinión, la modificación de los tipos penales con penas más drásticas no serían la solución para combatir la inseguridad ciudadana. En cambio, sería más efectivo mejorar nuestro sistema de justicia y garantizar que los aparatos jurisdiccionales cumplan adecuadamente su labor. Actualmente, observamos que la mayoría de los delincuentes procesados quedan absueltos y no cumplen con la condena que les corresponde.

Además, es crucial abordar la corrupción que aún persiste en los órganos encargados de impartir justicia, ya que esta también constituye un obstáculo para el fortalecimiento de nuestro sistema judicial.

 

 



[1] Estudiante de tercer año de la Facultad de Derecho y Ciencia Política de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Miembro principal del Taller de Estudios Penales.

[2] INEI, Informe Técnico - Estadísticas de Seguridad Ciudadana: noviembre 2022 - abril 2023.

[3] PRADO SALDARRIAGA, Víctor. Nuevo Proceso Penal Reforma y Política Criminal. 1era Edición. Editorial Moreno, Lima, 2009, p.271.

[4] CASTILLO, José Luis. Derecho Penal Parte General. 1era Edición. Gaceta Jurídica, Lima, 2002, p.348.


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